29/03/2024

Policiales

Absolvieron a Hugo Schuenemann y Ezequiel Hernando del delito de abigeato

07/03/2023 |



El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 en fallo unánime, absolvió del delito de “abigeato cuádruplemente agravado” al peón rural y agente municipal Hugo Alberto Schuenemann y al productor agropecuario Augusto Ezequiel Hernando.

Ambos estaban acusados de sustraer 22 cabezas de ganado vacuno a fines de junio de 2020, en plena “cuarentena obligatoria” y medidas de “aislamiento social” por la pandemia de Covid-19.
La denuncia fue efectuada en su momento por Luis Clementi, máximo accionista de la firma comercial cabaña Los Nogales, en la zona 3 del distrito de Necochea, en la jurisdicción de Juan N. Fernández.

Para los magistrados, durante el reciente debate oral, no quedaron acreditados los hechos, tanto el robo de las cabezas de animales como las “amenazas” en perjuicio del escribano y productor agrario, Luis Clementi.

Seguramente, tanto la Fiscalía como el particular damnificado, recurrirán el dictamen de los jueces Luciana Irigoyen Testa, Mariana Giménez y Aldo Rau, con un planteo ante la instancia superior del Tribunal de Casación bonaerense.

La fiscal Verónica Posse y el representante del particular damnificado, acusaron a Schuenemann y Hernando del delito de “abigeato cuádruplemente agravado”, hecho que habría ocurrido el 29 de junio del 2020. No se pudo precisar el horario, pero en horas del mediodía, aproximadamente, según se conoció durante el debate oral.

Hugo Alberto Schuenemann, quien hasta esa fecha se desempeñaba como encargado del establecimiento rural Tres Lagunas, le solicitó al vecino Osvaldo Baqué, le habilitara utilizar la manga de su campo.

Para la Fiscalía durante la acusación, el trabajador rural junto con Augusto Ezequiel Hernando, sustrajeron la cantidad de 22 terneros propiedad de la firma cabaña Los Nogales S.A, pertenecientes al escribano y productor ganadero Luis Horacio Clementi y su señora esposa.
Los animales habrían sido cargados en dos carros, uno de los cuales estaba enganchado al vehículo marca Toyota Hilux, de Schuenemann, y el otro a la camioneta Chevrolet S-10, manejada por Hernando.

“Por todo lo expuesto, en función a la prueba recibida y acompañada por las partes, de su correlación surge que:
a) La Cabaña Los Nogales no ha probado que tuviera faltante de 22 bovinos en su stock a la época de los hechos.
b) No hay certeza en que la fecha de carga de los 22 animales hubiera sido el 29 de junio de 2020 como pretende la parte acusadora.
c) No puede afirmarse indubitadamente que no existiera la autorización esgrimida por Hugo Schuenemann para tener animales propios y marcados en el establecimiento Rural Tres Lagunas.
d) No se ha acreditado mortandad cercana al centenar de animales en Cabaña Los Nogales para la época de los hechos investigados.
e) No se ha probado que efectivamente aparecieran 50 vaquillonas preñadas que debieron no estarlo para proceder a su inseminación.
f) No se ha acreditado faltante de 9 bovinos en fecha cercana a la del acta total de Senasa de 22 de mayo de 2020, que arroja total de 474 bovinos en stock de Cabaña Los Nogales”, manifiesta el dictamen de la jueza Luciana Irigoyen Testa, al que tuvo acceso Ecos Diarios.
Principio de inocencia

“En función de estas afirmaciones, he de decir que con la prueba rendida, no puede afirmarse válidamente con el grado de certeza necesario para una condena penal, que Hugo Alberto Schuenemann y Augusto Ezequiel Hernando fueran coautores penalmente responsables del delito de abigeato cuádruplemente agravado ni Hugo Alberto Schuenemann autor del delito de amenazas, rigiendo el principio de favor reo derivado del principio de inocencia constitucional y la carga probatoria en cabeza de la acusación, según art. 18 de la Constitución Nacional y art. 1° y 367 del Código Penal provincial”, indica una parte de la resolución.
El voto negativo de la presidenta del Tribunal Criminal Nº 1 fue acompañado de manera unánime por los magistrados Mariana Giménez y Aldo Rau.-

Fuente Ecos Diarios.-