A pocos días de la finalización del año, el Gobierno nacional oficializó los feriados no laborables con fines turísticos para 2026. La decisión fue publicada en la Resolución 164/2025 del Boletín Oficial y establece la incorporación de tres días no laborables adicionales, que permitirán la conformación de fines de semana extralargos en distintos momentos del año.
Según lo dispuesto, los días no laborables serán el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre. La medida comienza a regir a partir del día posterior a su publicación y se suma a los feriados ya previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, que regula los feriados nacionales y días no laborables.
La normativa fue firmada por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y se enmarca en una estrategia que el Gobierno viene aplicando en los últimos años con el objetivo de fomentar el turismo interno y dinamizar sectores como la hotelería, la gastronomía y el transporte. En los considerandos, se recordó que la ley faculta al Poder Ejecutivo a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, los cuales deben coincidir con días lunes o viernes.
En el caso del lunes 23 de marzo, el día no laborable permitirá un descanso extendido en torno al feriado inamovible del martes 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. El viernes 10 de julio se sumará al feriado del jueves 9 de julio, Día de la Independencia, mientras que el lunes 7 de diciembre precederá al feriado inamovible del martes 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción de María, conformando el último fin de semana extralargo del año.
De esta manera, el calendario de feriados 2026 quedará conformado de la siguiente manera:
Enero
Jueves 1: Año Nuevo (feriado inamovible).
Febrero
Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles).
Marzo
Lunes 23: día no laborable con fines turísticos.
Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
Abril
Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible), que coincidirá con el Jueves Santo (día no laborable).
Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable, se conmemora el 17).
Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
Viernes 10: día no laborable con fines turísticos.
Agosto
Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable, sin modificación prevista).
Octubre
Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable, sin cambios).
Noviembre
Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado desde el viernes 20 para conformar un fin de semana largo).
Diciembre
Lunes 7: día no laborable con fines turísticos.
Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).