09/02/2026

Locales

Casino Necochea

El Municipio cuestionó los fundamentos del fallo que frenó la subasta del Casino

17:06 | El secretario de Legal y Técnica, Ernesto Povilaitis, aseguró que la medida cautelar del Juzgado Contencioso Administrativo se basa en una interpretación errónea de la normativa ambiental y adelantó que el Ejecutivo seguirá defendiendo la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante.



El secretario de Legal y Técnica de la Municipalidad de Necochea, Ernesto Povilaitis, salió a cuestionar los fundamentos de la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Contencioso y Administrativo Nº 1, a cargo del juez Carlos Herrera, que suspendió la aplicación de la Ordenanza Nº 12.009/25 vinculada a la subasta del Complejo Casino.

El funcionario sostuvo que la resolución judicial realiza una interpretación errónea de la normativa ambiental al exigir una Evaluación de Impacto Ambiental para una ordenanza que, según explicó, no contempla obras ni proyectos nuevos, sino únicamente la venta del inmueble en el estado actual. En ese sentido, afirmó que la ordenanza “solo produce un cambio de titularidad dominial”, lo cual no se encuentra comprendido dentro de los supuestos que la Ley provincial 11.723 establece como obligatorios para la realización de estudios de impacto ambiental.

Povilaitis remarcó que la legislación ambiental es clara al señalar que este tipo de evaluaciones se aplican exclusivamente a proyectos que impliquen la ejecución de obras o el desarrollo de actividades que puedan generar efectos negativos sobre el ambiente, situación que —indicó— no se da en este caso. Incluso señaló que no existe un proyecto concreto sobre el cual pudiera evaluarse un eventual impacto ambiental, ya que el inmueble se vende sin modificaciones previstas.

Otro de los puntos objetados por el secretario fue la mención a la Comisión de Preservación del Patrimonio Cultural y Natural como autoridad de aplicación. Al respecto, explicó que la normativa municipal no le otorga a ese organismo facultades decisorias sobre la desafectación de inmuebles, función que corresponde al Departamento Ejecutivo. Según precisó, la Comisión cumple tareas de evaluación patrimonial y categorización de bienes, pero no tiene competencia para dictaminar sobre procesos de venta o transferencia dominial.

Asimismo, aclaró que la audiencia pública citada en el proceso judicial se realizó en el marco de un cambio de indicadores urbanísticos, con intervención del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, y no como un requisito específico para avanzar en la subasta del inmueble.

Desde el área legal del municipio consideraron que la medida cautelar fue dictada sin tener en cuenta estos aspectos normativos y técnicos, por lo que anticiparon que continuarán ejerciendo su defensa dentro del marco legal vigente, con el objetivo de revertir la decisión judicial y avanzar con el procedimiento aprobado por el Concejo Deliberante.

Fuente Ecos Diarios