 
				UCR en crisis
					 Contrato con Silvio Soldan[/caption]     [caption id="attachment_43999" align="aligncenter" width="596"]
 Contrato con Silvio Soldan[/caption]     [caption id="attachment_43999" align="aligncenter" width="596"] Contrato con Cesilia Milone[/caption]  Lo llamativo de este caso es que la señora Signorile figura como dada de alta ante la Afip el 1° de mayo de 2018, habiendo firmado los contratos solo quince días después, el 16 de mayo. Así lo muestra los informes de Afip.
 Contrato con Cesilia Milone[/caption]  Lo llamativo de este caso es que la señora Signorile figura como dada de alta ante la Afip el 1° de mayo de 2018, habiendo firmado los contratos solo quince días después, el 16 de mayo. Así lo muestra los informes de Afip.   Por otra parte, en su historial no figura ningún antecedente de representación de artistas. Es decir, el Entur celebró una serie de contratos de varios artistas de renombre, por valor de más de medio millón de pesos a través de una productora sin ninguna experiencia, la cual, además, figura como inscripta en categoría E, con lo cual podría facturar no más de $430000, pese a lo cual celebró estos contratos por $574600.    El caso de Ornella Mazzei es más llamativo. Ella celebró los contratos de Julia Zenko ($212.000), Jorge Vázquez ($120.000) y del grupo Amores Tangos ($98.400), por un total de $430.400.  [caption id="attachment_44002" align="aligncenter" width="597"]
  Por otra parte, en su historial no figura ningún antecedente de representación de artistas. Es decir, el Entur celebró una serie de contratos de varios artistas de renombre, por valor de más de medio millón de pesos a través de una productora sin ninguna experiencia, la cual, además, figura como inscripta en categoría E, con lo cual podría facturar no más de $430000, pese a lo cual celebró estos contratos por $574600.    El caso de Ornella Mazzei es más llamativo. Ella celebró los contratos de Julia Zenko ($212.000), Jorge Vázquez ($120.000) y del grupo Amores Tangos ($98.400), por un total de $430.400.  [caption id="attachment_44002" align="aligncenter" width="597"] Contrato Julia Zenko[/caption]     [caption id="attachment_44003" align="aligncenter" width="595"]
 Contrato Julia Zenko[/caption]     [caption id="attachment_44003" align="aligncenter" width="595"] Contrato Jorge Vazquez[/caption]  El número de Cuit de Mazzeir es 27-38599317-5, es decir que de acuerdo a su DNI, se trata de una mujer de no más de 23 años. Nada mal para una joven de 23 años representar a estos artistas y celebrar contratos por poco menos de medio millón de pesos. Pero hay otras cosas que llaman la atención y preocupan de Mazzei. Ella está bloqueada ante la Afip, ya que figura como “contribuyente no confiable”, y en su historial tiene más de 30 cheques rechazados.
 Contrato Jorge Vazquez[/caption]  El número de Cuit de Mazzeir es 27-38599317-5, es decir que de acuerdo a su DNI, se trata de una mujer de no más de 23 años. Nada mal para una joven de 23 años representar a estos artistas y celebrar contratos por poco menos de medio millón de pesos. Pero hay otras cosas que llaman la atención y preocupan de Mazzei. Ella está bloqueada ante la Afip, ya que figura como “contribuyente no confiable”, y en su historial tiene más de 30 cheques rechazados.   ¿Por qué el Entur celebra un contrato con una joven de 23 años, bloqueada ante la Afip por su dudosa confiabilidad y que tiene en su haber más de una treintena de cheques rechazados? ¿No había productores más transparentes?. Es llamativo también que una joven de 23 años y representante de artistas tampoco figure en ninguna red social.    Como por si fuera poco, las representantes de artistas Signorile, Mazzei y Nancy Noemi Benitez, esta última represento a los artistas Guillermo Galve, Jose Luchino, Oscar Garcia Orquesta Juan Darienzo y Pablo Albornoz, Eugenia Martinez, Silvia Sab, Marisa Holman, Emmanuelle Marin, Laya Altunez, Cristian Palacios, Ballet Orquesta Bolivar y Academia Porteña de Lunfardo, no se encuentran inscriptas ante la AFIP en ninguna actividad vinculada al mundo del espectáculo. Todo muy sospechoso.
  ¿Por qué el Entur celebra un contrato con una joven de 23 años, bloqueada ante la Afip por su dudosa confiabilidad y que tiene en su haber más de una treintena de cheques rechazados? ¿No había productores más transparentes?. Es llamativo también que una joven de 23 años y representante de artistas tampoco figure en ninguna red social.    Como por si fuera poco, las representantes de artistas Signorile, Mazzei y Nancy Noemi Benitez, esta última represento a los artistas Guillermo Galve, Jose Luchino, Oscar Garcia Orquesta Juan Darienzo y Pablo Albornoz, Eugenia Martinez, Silvia Sab, Marisa Holman, Emmanuelle Marin, Laya Altunez, Cristian Palacios, Ballet Orquesta Bolivar y Academia Porteña de Lunfardo, no se encuentran inscriptas ante la AFIP en ninguna actividad vinculada al mundo del espectáculo. Todo muy sospechoso.  
 
  
 Debe sumarse también que la Sra. Nancy Noemí Benítez, quien facturo contratos por un total de $ 346.130, se encuentra inscripta ante la AFIP bajo el régimen de trabajo autónomo Categoría T1 Cat III ingresos hasta $ 15.000.  Quienes sí se encuentran inscriptos ante la AFIP en actividades referidas a actividades teatrales y musicales, resultan ser los representantes de los artistas Hernán Piquin y Raul Lavie, Juan Jose Taboada y Julio Alberto Belando respectivamente.
        Debe sumarse también que la Sra. Nancy Noemí Benítez, quien facturo contratos por un total de $ 346.130, se encuentra inscripta ante la AFIP bajo el régimen de trabajo autónomo Categoría T1 Cat III ingresos hasta $ 15.000.  Quienes sí se encuentran inscriptos ante la AFIP en actividades referidas a actividades teatrales y musicales, resultan ser los representantes de los artistas Hernán Piquin y Raul Lavie, Juan Jose Taboada y Julio Alberto Belando respectivamente.   
   De la compulsa del expediente 0001-48-2018-03 (48/18 Alc. 3) sorprende que con excepción a la contratación de la Sra. Mora Godoy la cual se realizó en forma directa, el resto de los artistas que desfilaron en la ruta del tango hayan sido contratados a través de intermediarios tales como las Sra. Signorile, Mazzei y Nancy Noemi Benitez, cuyo curriculum y actividad comercial no parecería vincularse a la producción de espectáculos musicales.  Pero a esto debe sumarse que las autorizaciones dadas por los artistas nacionales a las Sras. Mazzei y Signorile al solo efecto “de suscribir en su nombre la contratación”, si bien las respectivas firmas han sido certificadas todas ellas por escribano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las mismas no han sido a su vez legalizadas por el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Es decir esas autorizaciones no poseen ningún valor en la Provincia de Buenos Aires.  Legalización de documento firmado por escribano público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  ¿Qué és?  Es un respaldo del colegio de escribanos sobre la firma y sello del escribano que actúa. El colegio reconoce que la firma y el sello son verdaderos dado que obra en sus registros. Entonces el escribano legalizador pone un respaldo firmado y sellado por él, detrás de la hoja que firmo el escribano actuante.  ¿Para qué sirve?  Sirve para todos los documentos que van a ser presentados fuera de la la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En las dependencias públicas de otras provincias, no tienen por qué conocer la firma y los sellos de los escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por eso lo piden legalizado, donde es el colegio de escribanos quién respalda ese documento y además seguramente esas reparticiones tienen registro de la firma y los sellos de los escribanos legalizadores que respaldan los documentos.  Es decir se pide la legalización para que la vea el Colegio de Escribanos y determine que es veraz, que las fojas notariales son reales y que el escribano existe y es una firma y sello original. Esto no sucede en ninguna de las contrataciones realizadas por el ENTUR.  Otra cuestión unida a lo anterior, resulta lo referido a la contratación de artistas locales. En estos casos el mecanismo utilizado estuvo dado por intermediarios quienes suscribieron en nombre de estos, los contratos que comprenden una gran cantidad de artistas locales y por un monto global. Es decir sin especificar cuanto le correspondía percibir a cada artista, lo que conspira contra la transparencia que se debe imponer en el manejo de fondos públicos propiedad de todos los habitantes del partido de Necochea.  Pero lo más llamativo resulta ser que ninguna de las autorizaciones dadas por los artistas locales, como así también respecto de algunos artistas nacionales y que respaldarían su contratación y el pago correspondiente a la misma, cuenta con la necesaria certificación de firmas, es decir, se desconoce quien firmo.  Otro cuestión no menor resulta ser la transgresión por parte del ENTUR a las propias normas municipales que debe respetar y hacer cumplir, puesto que si se tiene en consideración los importes por lo que han sido contratados los artistas locales y nacionales, estos debieron conferir a sus representantes poderes otorgados por ante escribano público y ello es así desde que el artículo 15 de la Ordenanza General 267/80, obligatoria para toda la Municipalidad de Necochea, establece que  “Cuando se faculte a percibir sumas mayores del monto equivalente a cinco (5) sueldos mínimo del agente municipal, se requerirá poder otorgado ante escribano público.”.  Ninguna de las contrataciones realizadas por EL ENTUR, cumple con las obligaciones que le impone la ley. Al día de hoy no sabemos si los artistas contratados cobraron su caché ya que legalmente la Municipalidad de Necochea pago a personas que no se encontraban autorizadas a cobrar, colocándose una valla infranqueable a la transparencia del dinero administrado por el municipio y quedando la comuna expuesta a reclamos. Ello es así porque sabido es que quien paga mal paga dos veces.  Los importes que debieron percibir los artistas según se desprende de los respectivos contratos, ascienden a las sumas de:
     De la compulsa del expediente 0001-48-2018-03 (48/18 Alc. 3) sorprende que con excepción a la contratación de la Sra. Mora Godoy la cual se realizó en forma directa, el resto de los artistas que desfilaron en la ruta del tango hayan sido contratados a través de intermediarios tales como las Sra. Signorile, Mazzei y Nancy Noemi Benitez, cuyo curriculum y actividad comercial no parecería vincularse a la producción de espectáculos musicales.  Pero a esto debe sumarse que las autorizaciones dadas por los artistas nacionales a las Sras. Mazzei y Signorile al solo efecto “de suscribir en su nombre la contratación”, si bien las respectivas firmas han sido certificadas todas ellas por escribano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las mismas no han sido a su vez legalizadas por el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Es decir esas autorizaciones no poseen ningún valor en la Provincia de Buenos Aires.  Legalización de documento firmado por escribano público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  ¿Qué és?  Es un respaldo del colegio de escribanos sobre la firma y sello del escribano que actúa. El colegio reconoce que la firma y el sello son verdaderos dado que obra en sus registros. Entonces el escribano legalizador pone un respaldo firmado y sellado por él, detrás de la hoja que firmo el escribano actuante.  ¿Para qué sirve?  Sirve para todos los documentos que van a ser presentados fuera de la la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En las dependencias públicas de otras provincias, no tienen por qué conocer la firma y los sellos de los escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por eso lo piden legalizado, donde es el colegio de escribanos quién respalda ese documento y además seguramente esas reparticiones tienen registro de la firma y los sellos de los escribanos legalizadores que respaldan los documentos.  Es decir se pide la legalización para que la vea el Colegio de Escribanos y determine que es veraz, que las fojas notariales son reales y que el escribano existe y es una firma y sello original. Esto no sucede en ninguna de las contrataciones realizadas por el ENTUR.  Otra cuestión unida a lo anterior, resulta lo referido a la contratación de artistas locales. En estos casos el mecanismo utilizado estuvo dado por intermediarios quienes suscribieron en nombre de estos, los contratos que comprenden una gran cantidad de artistas locales y por un monto global. Es decir sin especificar cuanto le correspondía percibir a cada artista, lo que conspira contra la transparencia que se debe imponer en el manejo de fondos públicos propiedad de todos los habitantes del partido de Necochea.  Pero lo más llamativo resulta ser que ninguna de las autorizaciones dadas por los artistas locales, como así también respecto de algunos artistas nacionales y que respaldarían su contratación y el pago correspondiente a la misma, cuenta con la necesaria certificación de firmas, es decir, se desconoce quien firmo.  Otro cuestión no menor resulta ser la transgresión por parte del ENTUR a las propias normas municipales que debe respetar y hacer cumplir, puesto que si se tiene en consideración los importes por lo que han sido contratados los artistas locales y nacionales, estos debieron conferir a sus representantes poderes otorgados por ante escribano público y ello es así desde que el artículo 15 de la Ordenanza General 267/80, obligatoria para toda la Municipalidad de Necochea, establece que  “Cuando se faculte a percibir sumas mayores del monto equivalente a cinco (5) sueldos mínimo del agente municipal, se requerirá poder otorgado ante escribano público.”.  Ninguna de las contrataciones realizadas por EL ENTUR, cumple con las obligaciones que le impone la ley. Al día de hoy no sabemos si los artistas contratados cobraron su caché ya que legalmente la Municipalidad de Necochea pago a personas que no se encontraban autorizadas a cobrar, colocándose una valla infranqueable a la transparencia del dinero administrado por el municipio y quedando la comuna expuesta a reclamos. Ello es así porque sabido es que quien paga mal paga dos veces.  Los importes que debieron percibir los artistas según se desprende de los respectivos contratos, ascienden a las sumas de: