16/07/2025

Opinión

Columna de Legales: Sucesión

24/02/2022 |



¿Cuándo es necesario iniciar una sucesión?

Cuando haga falta la declaratoria de herederos para tramites en particular o cuando han quedado bienes registrables (como autos, inmuebles) para poder cambiar la titularidad registral, ya sea a favor de los herederos o para venderlos a terceros.

El proceso sucesorio es un proceso judicial que debe iniciarse por medio de un abogado, en el cual se declaran las identidades de los que heredan, y se acompaña toda la documentación que acredite el vínculo y el parentesco

¿Dónde debe iniciarse?

El proceso sucesorio debe llevarse adelante en el lugar donde tenia su ultimo domicilio el fallecido.

¿Qué documentación se necesita para iniciarlo?

Toda la necesaria para acreditar la defunción y el vinculo. DNI de los herederos, partida de nacimiento, acta de matrimonio y acta de defunción.

¿Qué es la declaratoria de herederos?

 La declaratoria de herederos es una resolución dictada por un Juez, y forma parte del proceso sucesorio a través del cual se reconoce el carácter de heredero universal a una o varias personas.

¿Cuánto dura una sucesión?

Decir cuanto tiempo dura una sucesión es imposible por varios motivos.

Hay que analizar: El juzgado donde tramita, cuantos herederos son, cuantos bienes hay, si hay deudas, testamentos, donaciones, etc.

Pero la primer parte de una sucesión, que es el dictado de la declaratoria de herederos, podemos decir que tarda entre 3 y 6 meses.-

¿Cómo se reparte la herencia?

Son herederos legitimos los ascendientes, descendientes, conyuge y parientes colaterales hasta el cuarto grado.

Los descendientes hijos heredan por derecho propio y por partes iguales. Los demás descendientes, como los nietos, heredan por derecho de representación. Esto quiere decir que los nietos solo heredan en representación de su padre o madre fallecida, depende el caso.

A falta de descendientes, heredan los ascendientes más próximos en grado, en partes iguales.

El conyuge (pareja de casado) hereda en partes iguales con los hijos respecto de los BIENES PROPIOS.

A falta de descendientes, ascendientes y conyuge, heredan los parientes colaterales hasta el cuarto grado, inclusive.

Es importante remarcar que las parejas que no están casadas NO heredan, no importa cuantos años hayan convivido.

¿Puedo hacer un testamento de todo mi patrimonio a favor de un tercero?

No. En Argentina existen los herederos forzosos, ello quiere decir que en caso de hacer un testamento, solo tenemos permitido hacerlo sobre 1/3 parte de nuestros bienes.

Lo mismo sucede con las donaciones en vida, en caso de querer repartir la herencia en vida. Solo se puede hacer por 1/3 parte de los bienes del patrimonio. En caso de exceso, luego del fallecimiento los herederos forzosos pueden realizar acciones de nulidad sobre esas donaciones.