06/10/2024

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El Concejo se aprestaría a aprobar una fórmula polinómica para fijar el costo de los boletos de los micros

16/09/2024 20:55 | Este miércoles 18 de septiembre, el Concejo Deliberante (HCD) se reunirá en la localidad de La Dulce para debatir un proyecto de ordenanza del bloque oficialista Nueva Necochea que propone una fórmula polinómica para la fijación bimestral del costo del boleto de micros. La propuesta podría ser tratada y eventualmente aprobada en la sesión ordinaria programada para mañana.


por Jorge Gómez (Colaboración)


El proyecto de ordenanza, impulsado por el oficialismo municipal, busca establecer un sistema automático de ajuste de tarifas que considere variaciones en los costos de los choferes, el gas oil, repuestos y cubiertas. Según el texto del proyecto, la implementación de esta fórmula permitirá ajustar el costo del boleto plano en función de los cambios en estos factores, con una primera posible aplicación hacia finales de noviembre o principios de diciembre, tras su aprobación y homologación.A menos de un año para el próximo proceso de licitación para el servicio de transporte urbano en Necochea y Quequén, actualmente operado por las empresas Compañía de Transportes Necochea y Micro Ómnibus Nueva Pompeya, el Concejo Deliberante podría aprobar un sistema de actualización de tarifas mediante una fórmula polinómica. Esta fórmula ajustaría el costo del boleto cada dos meses, reflejando las fluctuaciones en los costos operativos del servicio.

El proyecto, elaborado por el bloque de ediles de Nueva Necochea, cuenta con un apoyo inicial favorable, y se espera que reciba la aprobación necesaria. La fórmula propuesta integra una combinación de variables: salario de los choferes (45%), costo del gas oil (34%), repuestos para automotores (18%) y cubiertas de caucho (3%).

Durante el período de "emergencia económica" implementado por el Concejo, las tarifas de los boletos alcanzaron hasta 998,50 pesos. Tras un aumento en el subsidio provincial, el precio se redujo a 939 pesos bajo el sistema SUBE.

El artículo 1° del proyecto establece que la fórmula polinómica ajustará el valor del boleto en función de las variaciones en los costos significativos enfrentados por las empresas concesionarias. Esta fórmula incluirá variaciones en el salario básico de los choferes, el costo del combustible, y los precios de repuestos y cubiertas.

El artículo 3° determina que el coeficiente de ajuste obtenido de la fórmula será el máximo aplicable, permitiendo a las empresas ofrecer un valor menor si así lo desean. El artículo 4° fija el valor inicial teórico del boleto en 1.330 pesos, con un ajuste propuesto para el boleto plano a 998 pesos a partir de la aprobación de la ordenanza.

El impacto de esta medida será monitoreado por el Departamento Ejecutivo Municipal, que se encargará de calcular y comunicar los resultados a las empresas concesionarias.

El Proyecto

VISTO: La necesidad de ajustar periódicamente el costo del boleto de transporte urbano de pasajeros mediante una metodología objetiva.

CONSIDERANDO: Que el transporte público es esencial para la comunidad y enfrenta una crisis estructural agravada por la inflación y la falta de subsidios.

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Establecer una actualización automática bimestral del boleto plano mediante una fórmula polinómica que incluya el salario de los choferes, el costo del gas oil, repuestos y cubiertas.

ARTÍCULO 2°: La fórmula polinómica será:

  • S: Variación del salario de los choferes (45%)
  • C: Variación del costo del gas oil (34%)
  • R: Variación del costo de repuestos (18%)
  • N: Variación del costo de cubiertas (3%)

ARTÍCULO 3°: El coeficiente de ajuste será el máximo aplicable, permitiendo a las empresas ofrecer un valor menor si así lo desean.

ARTÍCULO 4°: Determinar un boleto teórico inicial de 1.330 pesos, con un ajuste del boleto plano a 998 pesos.

ARTÍCULO 5°: El valor máximo del boleto será el resultado de sumar el valor teórico y la variación polinómica, restando el subsidio por boleto.

ARTÍCULO 6°: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para realizar los cálculos y comunicar los resultados a las empresas concesionarias.

ARTÍCULO 7°: De forma.