por Jorge Gómez
El decreto sostiene que la iniciativa invade facultades exclusivas del Departamento Ejecutivo, altera el presupuesto municipal vigente e incluso pone en riesgo el convenio firmado con la Provincia por la tenencia del aeródromo.
El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Necochea vetó en forma total la Ordenanza Nº 12.156/26, sancionada por el Concejo Deliberante el pasado 6 de mayo, mediante la cual se creaba el denominado “Fondo para la Recuperación y Puesta en Funcionamiento del Aeroclub Necochea”, acompañado de una cuenta específica destinada a financiar obras, equipamiento y tareas vinculadas a la rehabilitación del aeródromo local.
La decisión quedó formalizada a través del Decreto Nº 1669/26, fechado el pasado 22 de mayo, donde el gobierno municipal desarrolla una extensa fundamentación jurídica, administrativa y política para justificar el veto, al considerar que la ordenanza aprobada por mayoría en el cuerpo deliberativo vulnera disposiciones de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y del propio presupuesto comunal vigente.
La ordenanza vetada impulsaba la creación de un fondo integrado, entre otros recursos, por la totalidad de los ingresos provenientes del arrendamiento de tierras lindantes al aeródromo y por el 30 por ciento de los cánones que percibe la Municipalidad por concesiones municipales, durante un plazo de dos años o hasta la efectiva puesta en funcionamiento del aeródromo.
El Ejecutivo sostiene que esa decisión implica una modificación sustancial del presupuesto municipal sin iniciativa del Departamento Ejecutivo, algo expresamente prohibido por la Ley Orgánica de las Municipalidades.
En el decreto se recuerda que la Constitución bonaerense establece que el presupuesto debe ser proyectado por el Ejecutivo y que cualquier modificación posterior debe surgir también desde esa órbita institucional.
La argumentación central del veto se apoya en abundante jurisprudencia de la Suprema Corte bonaerense, citada a lo largo del decreto, donde se interpreta que los concejos deliberantes no pueden alterar partidas presupuestarias ni reasignar recursos municipales sin intervención del intendente, ya que ello afectaría el equilibrio institucional entre ambos departamentos de gobierno.
En ese sentido, el Ejecutivo afirma que la ordenanza “desvirtúa de manera irrazonable” el presupuesto aprobado mediante la Ordenanza Nº 12.052/25, al afectar recursos ya comprometidos para otros servicios municipales y fondos específicos.
Uno de los puntos más sensibles planteados en el veto refiere al impacto que la iniciativa tendría sobre el Fondo de Sostenimiento de Bibliotecas Populares, creado por la Ordenanza Nº 9475/18.
Según el decreto, parte de los cánones municipales ya tienen destino asignado al financiamiento de las bibliotecas populares Andrés Ferreyra, Quequén, José Hernández y Sarmiento del Barrio Puerto. Por ello, se sostiene que redireccionar el 30 por ciento de esos ingresos hacia el nuevo fondo del aeródromo implicaría desfinanciar instituciones culturales que actualmente reciben esos recursos.
El decreto también introduce un fuerte cuestionamiento conceptual respecto de la identificación entre el Aeroclub General Necochea y el aeródromo provincial. Allí se establece una diferenciación tajante entre el aeródromo, considerado infraestructura pública provincial bajo administración municipal, y el Aeroclub, definido como una asociación civil privada con personería jurídica propia.
A criterio del Ejecutivo, la ordenanza incurre en una “notoria confusión” al destinar importantes recursos públicos municipales a una entidad privada, algo que —según sostiene— no se corresponde con las funciones y competencias propias de una Municipalidad.
Además, trascendió que el intendente Rojas mantuvo este martes 26 de mayo un encuentro con autoridades de las bibliotecas populares y del Aeroclub local para abordar la situación generada tras el veto.
El texto del decreto también advierte que la aplicación de la ordenanza podría generar conflictos legales y administrativos con la Provincia de Buenos Aires. Para ello, cita el convenio firmado el 26 de enero de 2016 entre la Municipalidad de Necochea y la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria, aprobado posteriormente por la Ordenanza Nº 8.711/16.
Ese convenio otorgó a la comuna la tenencia y administración del aeródromo provincial, imponiendo obligaciones específicas. Entre ellas, se establece que el 60 por ciento de los ingresos producidos por el aeródromo debe destinarse a su conservación y el 40 por ciento restante al fomento aeronáutico.
Según el Ejecutivo, la ordenanza sancionada por el Concejo contradice directamente ese acuerdo, ya que modifica unilateralmente el destino de los fondos y podría habilitar a la Provincia a revocar la tenencia del predio por incumplimiento contractual.
Además, el decreto señala que cualquier obra, modificación edilicia o intervención sobre la infraestructura aeroportuaria requiere autorización previa de la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial, algo que la ordenanza tampoco contemplaba expresamente.
Otro de los aspectos objetados es el artículo que obligaba al Departamento Ejecutivo a remitir informes trimestrales al Concejo Deliberante sobre la ejecución de los recursos del fondo. El gobierno municipal considera que esa disposición implica un avance indebido del cuerpo deliberativo sobre funciones administrativas propias del Ejecutivo.
En el tramo final del decreto, el Ejecutivo sostiene que la ordenanza podría haber generado responsabilidades patrimoniales y administrativas para los concejales que la aprobaron, citando el artículo 124 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que prevé responsabilidad solidaria para quienes sancionen normas que provoquen desequilibrios presupuestarios.
Finalmente, el intendente Arturo Rojas resolvió vetar integralmente la ordenanza y devolverla al Concejo Deliberante, evitando —según expresa el texto oficial— un eventual conflicto de poderes y preservando la legalidad administrativa y presupuestaria del municipio.