La reacción de varios concejales de la oposición ante la intervención de la Suprema Corte bonaerense parece ignorar un dato central: el conflicto de poderes que hoy cuestionan fue advertido de manera expresa por el Departamento Ejecutivo mucho antes de llegar a la instancia judicial.
En el decreto de veto de la Ordenanza Nº 12.148/26, el Ejecutivo dejó asentado que su objeción no estaba dirigida contra los Veteranos de Guerra de Malvinas ni contra el reconocimiento de sus derechos, habida cuenta que la actual Administración Municipal ya los eximio del pago de todas las tasas municipales y derechos de construcción, sino contra lo que consideró una invasión de competencias propias del Departamento Ejecutivo por parte del Concejo Deliberante.
El texto es contundente. Allí se señala que la medida buscaba evitar que “el H. Concejo Deliberante se arrogue facultades propias del Departamento Ejecutivo” y advertía sobre la necesidad de impedir “la configuración de un eventual Conflicto de Poderes del artículo 196 de la Constitución Provincial”.
Más aún, el decreto sostuvo que resultaba “inexorable vetar” la ordenanza precisamente para evitar una situación de conflicto institucional derivada de la vulneración del principio republicano de división de poderes y competencias establecido por la Constitución bonaerense y la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Frente a estos antecedentes, sorprenden algunas declaraciones difundidas en los últimos días. Varios concejales se mostraron indignados por la judicialización del caso cuando el propio veto ya había explicado, con fundamentos jurídicos y citas normativas específicas, que insistir con la ordenanza podía desembocar exactamente en el escenario que hoy se encuentra bajo análisis de la Suprema Corte.
La situación adquiere mayor relevancia si se considera que entre quienes acompañaron la ordenanza existen concejales con formación jurídica. Resulta llamativo que, pese a contar con conocimientos profesionales sobre derecho público y derecho municipal, no hayan advertido o, al menos, debatido con mayor profundidad las observaciones vinculadas a la distribución constitucional de competencias entre el Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante.
El debate de fondo no pasa por la legitimidad del reconocimiento a los Veteranos de Malvinas, cuestión que incluso el propio Ejecutivo afirmó compartir al punto que fue ese Departamento Ejecutivo quien tomada la decisión de eximir a los Veteranos del pago en un cien por ciento (100%), respecto de la Tasa por Servicios Urbanos, Tasa por Alumbrado Público, Tasa por Servicios Sanitarios, Tasa de Gestión Ambiental, Tasa Solidaria de Prevención y Protección Ciudadana, y Tasa por Fortalecimiento, Prevención y Promoción para la Salud y de los Derechos de Construcción. La discusión gira en torno a quién tiene atribuciones para impulsar determinadas medidas y bajo qué mecanismos institucionales deben instrumentarse.
Por eso, más que un ataque a la autonomía del Concejo Deliberante, la presentación ante la Suprema Corte aparece como la consecuencia de una controversia institucional que el propio veto había anticipado con claridad. Si finalmente el máximo tribunal provincial debe resolver el asunto, será porque las advertencias formuladas en aquel decreto no fueron atendidas o fueron desestimadas por la mayoría que insistió con la ordenanza.
La pregunta que queda abierta es sencilla: ¿leyeron los concejales los fundamentos del veto antes de insistir con la norma o decidieron avanzar ignorando una advertencia jurídica que hoy se encuentra en el centro mismo del conflicto?